Estimado Hermano:

 

En junio de este 2019 se cumplen cuatro años desde las anteriores elecciones para Hermano Mayor y órganos de gobierno de la Hermandad. Por ello, te informamos que, como disponen nuestros Estatutos, queda abierto desde el 15 de mayo el proceso electoral para la convocatoria a Cabildo de Elecciones.

 

Así pues y de conformidad con lo establecido en el art. 52.1 de nuestros Estatutos: «Establecido el período de mandato del Hermano Mayor en cuatro años desde las últimas elecciones, se preceptúa que, una vez finalizado dicho período, se celebrará Cabildo de Elecciones», dicho Cabildo queda convocado para el día 15 de junio de 2019, en la sede de nuestra Hermandad sita en la Plaza de San Francisco de Málaga, en horario de 12:00h a 21:00h.

 

Con tal motivo, te informamos que, desde este 15 de mayo, se expondrá públicamente en la Casa de Hermandad el censo de hermanos con derecho a voz y voto. De tal forma que, durante los próximos diez días naturales, a partir de la presente convocatoria, se podrá examinar el censo electoral, contra el cual se podrán formular las impugnaciones (por falta de inclusión, falta de pago, etc.) según lo previsto en el art 53 de nuestros Estatutos.

 

Debemos recordarte que, podrán emitir su voto todos los hermanos que tengan 16 años cumplidos, y con al menos uno de antigüedad en la Corporación, según lo previsto en el art 31.C, siempre y cuando se encuentren al corriente de pago.

 

De igual modo, te informamos que conforme a lo establecido en el art 53.4, desde la fecha de convocatoria de elecciones, hasta veinte días antes del Cabildo, se podrán presentar las candidaturas en la Secretaría de la Hermandad.

 

Las candidaturas comprenderán, al menos, los siguientes cargos de la Junta de Gobierno: Hermano Mayor, Teniente Hermano Mayor, Secretario General, Tesorero, Fiscal, Albacea General y Albacea de Luminarias (art 53.5). A estos efectos, los cargos componentes de esta candidatura electoral cerrada serán mayores de edad y contarán con una antigüedad superior a cinco años, salvo el cargo de Hermano Mayor, que se regirá conforme al art. 71 de nuestros Estatutos, y el del Teniente Hermano Mayor y Fiscales para los que se requerirá una antigüedad de 10 años (art 32)

 

Sólo se admitirán aquellas candidaturas que sean presentadas con la firma de cada uno de sus componentes y avaladas por un mínimo de treinta hermanos de pleno derecho. Los candidatos sólo podrán figurar en una candidatura. Igualmente, los hermanos que hubiesen firmado una candidatura no podrán hacerlo en otra, anulándose en caso contrario su firma en cuantas candidaturas hubiese suscrito (art. 53.6)

 

Cerrado el plazo de admisión, aquellas candidaturas que reúnan los correspondientes requisitos y, en su caso, las que pudiera proponer la Junta de Gobierno (art. 53.7), se enviará al Obispado, con el visto bueno del Director Espiritual, dentro de los cinco días siguientes (art. 54.1)

 

Las candidaturas aprobadas por la Autoridad Eclesiástica serán proclamadas con diez días de antelación, al menos, a la fecha del Cabildo (art. 54.2).

 

A partir de la proclamación, los candidatos podrán comunicarse con los hermanos para informarles de sus proyectos, a cuyo efecto se les facilitará un listado de hermanos, cumpliendo para ello con la normativa vigente de Protección de Datos de carácter Personal. (art 54.3)

 

La elección se llevará a cabo en el Cabildo General, mediante votación secreta, no estando permitido el voto por correo ni por procurador. (art 55.1)

 

Una vez sean conocidas las candidaturas presentadas, las mismas se darán a conocer tanto por este medio como por como por correo electrónico y demás medios de comunicación que vienen siendo habituales (web..)

 

Por último, recordarte que, en la Casa de hermandad, podrás recabar la información de este proceso, así como el acceso al Censo Electoral, donde estaremos a vuestra disposición para aclarar las dudas al respecto.

 

En Málaga a los quince días del mes mayo del año del Señor de dos mil diecinueve.

 

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